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Solicitud de Garantías
DEBES TENER EN CUENTA
Para efectos de la garantía el comprador deberá dejar constancia en el acta de entrega de todo daño o imperfección que sea visible al momento de la entrega del inmueble para que la Constructora responda por ellos.
Para los daños que aparecen con el uso del inmueble:
Según el Estatuto del Consumidor -Ley 1480 de 2011- en su artículo 11, la garantía de los bienes inmuebles, la cual solo comprende la estabilidad de la obra es de 10 años a partir de la entrega y de un (1) año cuando se traten de acabados.
Los plazos determinados no se suspenderán por la falta de uso que el comprador haga del inmueble, entendiendo que la garantía expirará vencido este término. Es importante seguir el procedimiento indicado, así se prestará un mejor servicio y control.
